
🧾 Factura electrónica: ¿cuándo te toca?
La Orden HAC/1028/2026 (BOE 05/10/2026) regula la Solución Pública de Facturación Electrónica de la AEAT. Entró en vigor el 6 de octubre de 2026 y desde ese día corren los plazos:
- 🏢6 de octubre de 2027 — empresas y profesionales que facturan más de 8 millones de euros.
- 👤6 de octubre de 2028 — el resto de empresas y autónomos: emitir, enviar y recibir facturas electrónicas.
- 📊6 de octubre de 2029 — personas físicas y comunidades de bienes deberán informar también del estado de facturas y pagos.
Hoy no tienes que hacer nada, pero conviene comprobar que tu programa de facturación estará preparado.
🏠 Alquiler turístico y vivienda: cambios desde el 1 de diciembre
El Real Decreto-ley 29/2026 (BOE 07/10/2026) modifica el IVA y el IRPF relacionados con la vivienda:
- 🔑Alquiler de hasta 30 noches (vivienda amueblada que no es tu residencia habitual): deja de estar exento y pasa a tributar al 10 % de IVA.
- 🔨Obras de reforma y reparación en vivienda: 10 % de IVA también en viviendas de alquiler habitual, con requisitos. Uno es nuevo: pagar con tarjeta, transferencia o cheque nominativo. Si pagas en efectivo, no se aplica.
- 📉IRPF del arrendador: nuevas reducciones (del 15 % al 100 %) para los contratos de vivienda habitual firmados desde el 1 de diciembre de 2026, según cuánto suba o baje el alquiler, si la vivienda está en zona tensionada y la edad del inquilino.
- 🧍Inquilinos: nueva deducción del 10 % del alquiler de la vivienda habitual si tu base imponible no llega a 33.007,20 € al año.
A partir del 1 de diciembre de 2026, las estancias de hasta 30 noches pueden llevar IVA. Revísalo con tu asesoría antes de esa fecha para ajustar precios, facturas y alta en el IVA. Ten en cuenta que el Real Decreto-ley tiene que convalidarlo el Congreso.
📅 Calendario de noviembre
- ✓Hasta el 20 de noviembre: declaraciones mensuales de octubre (retenciones de grandes empresas, modelo 349).
- ✓Hasta el 30 de noviembre: IVA mensual de octubre (modelo 303) y modelo 232 de operaciones vinculadas de 2025.
Pasos a seguir
- ✓Comprueba si tu programa de facturación está preparado para la factura electrónica
- ✓Si alquilas por días o semanas, revisa tus precios y facturas antes del 1 de diciembre
- ✓Paga las obras de tu vivienda con tarjeta o transferencia
- ✓Si vas a firmar un contrato de alquiler, consúltanos antes
En Tu Gestoría Online revisamos contigo cómo te afectan estas novedades. Si tienes dudas, escríbenos.
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Artículo informativo, actualizado a 02/11/2026. No sustituye al asesoramiento personalizado.
