AEAT · Sociedades · Plazo: noviembre de 2026
¿Tu sociedad tiene que presentar el modelo 232 este noviembre?
🤝 ¿Qué son las operaciones vinculadas?
Son las que hace la sociedad con personas o empresas con las que tiene una relación especial (artículo 18.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades). Por ejemplo, con sus socios (si tienen al menos un 25 %), con sus administradores (salvo lo que cobran por su cargo de administrador), con los familiares de unos y otros hasta el tercer grado o con otras sociedades del mismo grupo. Estas operaciones siempre deben hacerse a valor de mercado.
📊 ¿Cuándo hay que presentar el 232?
Según la Orden HFP/816/2017 (artículo 2), hay que presentarlo si en el ejercicio se da alguno de estos casos:
- Operaciones con una misma persona o empresa vinculada que, sumadas, superan los 250.000 € a valor de mercado.
- Operaciones específicas (las que la ley excluye de la documentación simplificada) que superan los 100.000 € por tipo de operación.
- Operaciones del mismo tipo y con el mismo método de valoración que superan el 50 % de la cifra de negocios de la sociedad, aunque no lleguen a los importes anteriores.
- Operaciones con paraísos fiscales: siempre, sea cual sea el importe.
🚫 ¿Qué no hay que incluir?
- Las operaciones entre sociedades del mismo grupo de consolidación fiscal.
- Las de una AIE o UTE con sus miembros (con alguna excepción para las UTE).
- Las hechas dentro de ofertas públicas de venta o de adquisición de valores.
📅 ¿Hasta cuándo?
Se presenta en el mes siguiente a los diez meses posteriores al cierre del ejercicio (artículo 4 de la Orden). Si tu ejercicio 2025 terminó el 31 de diciembre, el plazo va del 1 al 30 de noviembre de 2026.
⚠️ Aunque no llegues a esos importes
- Las operaciones con socios y administradores deben hacerse igualmente a valor de mercado y estar bien documentadas (contrato, factura y cálculo del precio).
- Un alquiler o una retribución del socio mal valorados pueden acabar en ajustes y sanciones en una inspección.
✅ Pasos a seguir
- ✓Haz una lista de las operaciones de 2025 con socios, administradores, familiares y empresas relacionadas.
- ✓Súmalas por persona o empresa y por tipo de operación.
- ✓Compara las cifras con los importes de la Orden: 250.000 €, 100.000 € y 50 % de la cifra de negocios.
- ✓Si tienes que presentarlo, hazlo antes del 30 de noviembre.
- ✓Guarda los contratos y los cálculos del valor de mercado.
¿No sabes si tu sociedad tiene que presentarlo?
Te lo revisamos y te decimos qué hacer, con palabras sencillas.
📎 Fuentes oficiales
Artículo informativo y gratuito, actualizado a 5 de noviembre de 2026, elaborado a partir de las fuentes oficiales citadas. No sustituye al asesoramiento personalizado: Tràmits Administratius SL no se responsabiliza de las decisiones tomadas únicamente con esta información. Consulta siempre tu caso concreto.
